viernes, 11 de abril de 2008

Prácticas en empresas - Ayudas becarios

Finalidad:
Abrir convocatoria para la concesión de las ayudas correspondientes al año 2008 a alumnado que cursa enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países. Las estancias e intercambios subvencionados se tienen que realizar durante el año 2008, en las condiciones que prevén las bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden EDC/162/2006, de 4 de abril, y por lo que establece esta convocatoria.

Beneficiario/s:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas citadas los grupos de alumnos de centros públicos y privados de Cataluña matriculados en ciclos formativos y bachillerato, que quieran realizar prácticas en empresas o instituciones y que tengan conocimientos a nivel de conversación de inglés o del idioma del país que se visitará. El conocimiento del idioma se acreditará mediante las evaluaciones realizadas por los profesores de lengua extranjera de los alumnos que formen el grupo.

También pueden solicitar las ayudas citadas aquellos grupos de alumnos de centros docentes que formen parte de un programa o proyecto europeo subvencionado por la Unión Europea, de características similares al objeto de esta Orden, que organice intercambios y que se acoja a las mismas condiciones establecidas en estas bases.

Acciones Subvencionables:
El Departamento de Educación favorecerá el desarrollo de los proyectos para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países mediante las actuaciones siguientes:

a) Difundir los objetivos y la finalidad de las ayudas.
b) Asesorar al profesorado, a los/las alumnos/as y a los centros interesados.
c) Facilitar, siempre que sea posible, la movilidad del profesorado. A estos efectos concederá permisos y sustituirá el profesorado adscrito a centros dependientes del Departamento de Educación cuando se requiera.

Cuantía:
Se destina a la concesión de estas ayudas un importe inicial de 833.343,00 euros a cargo de la posición presupuestaria D/480130300/4250, del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2008, ampliable a un importe total de 1.041.534,60 euros, condicionado a la incorporación de partidas finalistas provenientes de proyectos europeos presentados por el Departamento de Educación y aprobados en el marco del Programa de Aprendizaje Permanente (Leonardo da Vinci y Erasmus). Las ayudas mencionadas cubrirán hasta un máximo del 80% de los gastos derivados de la realización de las estancias o intercambios.

Fechas de Solicitud:
Hasta el 26/04/2008

Localización del Beneficiario:
Cataluña

Localización de Acciones Subvencionables:
Internacional

Convoca:
Generalitat de Cataluña > Departamento de Educación
Via Augusta, 202-226
08021 Barcelona
Telf: 93 551 69 00
www.gencat.net/educacio

Gestiona:
Dirección General de Enseñanzas Profesionales, Artísticas y Especializadas
Via Augusta, 202-226
08021 Barcelona
Telf: 93 551 69 00
www10.gencat.net

Más información en:
DOGC - Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (empezar a leer en la página 53)
EDU/930/2008, de 25 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de ayudas a alumnado que cursa enseñanzas postobligatorias en centros de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países durante el año 2008.

DOGC - Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (empezar a leer en la página 15)
EDC/162/2006, de 4 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a grupos de alumnado que cursan enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países, y se convocan las ayudas para el año 2006.

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Creación de espacios escénicos - Ayudas

Finalidad:
La presente resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas del INAEM a la dotación y mejora de espacios escénicos, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural de las artes escénicas y musicales y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas comunidades autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. Se incluyen los gastos correspondientes a los honorarios de los profesionales por la redacción del proyecto.

Con carácter complementario a las ayudas a la construcción, reforma y/o equipamiento de espacios escénicos, los beneficiarios podrán recibir, en virtud del plan que presenten, una ayuda para programación, gestión y actividades adicionales de los espacios escénicos objeto de construcción o reforma.

Beneficiario/s:
Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan la naturaleza de empresas privadas, nacionales de Estados de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo. Las entidades sin fines de lucro y las fundaciones no podrán concurrir en esta modalidad de ayuda. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones que se establecen en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS). En todo caso, los solicitantes presentarán una declaración responsable de no hallarse incursos en ninguna de estas circunstancias.

Acciones Subvencionables:
Podrán ser objeto de estas ayudas los espacios escénicos que se encuentren en fase de nueva construcción o en proceso de reforma o mejora y que reúnan las siguientes condiciones:

1. Disponer de un proyecto de nueva construcción, reforma o equipamiento escénico situado en el territorio español, cuya ejecución se haya iniciado en 2007 o que se tenga previsto iniciar en 2008.

2. Estar destinado a Artes Escénicas y Musicales, pero con características arquitectónicas y de equipamiento que permitan otras opciones y actividades complementarias como formación, fomento de nuevos creadores, conferencias, animación cultural, colaboración con entidades educativas, etc.

3. Tener un aforo igual o inferior a 500 localidades. En caso de que el proyecto incluya varias salas de exhibición, todas y cada una de ellas deberán cumplir este requisito.

Cuantía:
La cuantía de las ayudas a obras de construcción, reforma y/o equipamiento dependerá de la clasificación del proyecto en uno de los siguientes grupos, en virtud de la puntuación obtenida en el proceso de valoración:

Grupo A: 100.000 euros.
Grupo B: 60.000 euros.
Grupo C: 30.000 euros.

En cualquier caso, la ayuda máxima concedida para obras de construcción, reforma y/o equipamiento no podrá ser superior a las siguientes cuantías:

80 por 100 del coste total de la inversión (IVA no incluido) cuando se trate de obras de construcción o reforma.

50 por 100 del coste total (IVA no incluido) cuando se trate de inversiones en equipamiento escénico y/o de los honorarios de los profesionales para la redacción del proyecto.

La ayuda complementaria a programación y actividades, en su caso, no podrá ser superior al 30 por ciento de la ayuda concedida para las obras de construcción, reforma y/o equipamiento.

Requisitos:
La ayuda concedida tendrá carácter anual y estará dirigida únicamente a las obras de equipamiento que cumplan los requisitos señalados en la presente convocatoria. Su concesión no supondrá compromiso de gasto para el INAEM en años sucesivos. La concesión de ayuda en el segundo año y sucesivos de la concertación dependerá de la normativa aplicable en cada momento, de la existencia de crédito presupuestario suficiente y de la consecución o no del contrato-programa firmado con el INAEM, cuyo cumplimiento será evaluado en el proceso de concurrencia que se abra al efecto.

La concesión de la ayuda será compatible con la concesión de otras ayudas del INAEM o de otras entidades públicas o privadas para la misma o distinta actividad del solicitante.

Fechas de Solicitud:
Hasta el 02/05/2008

Localización del Beneficiario:
España

Localización de Acciones Subvencionables:
España

Convoca:
Ministerio de Cultura
Plaza del Rey, 1
28004 Madrid
Telf: 91.701.70.00
www.mcu.es

Gestiona:
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
Plaza del Rey, 1
28004 Madrid

Más información en:
BOE (empezar a leer en punto 5931)
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2008, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas para 2008, dentro del programa de espacios escénicos de nueva generación.

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viernes, 4 de abril de 2008

Rehabilitacion de edificios - Subvenciones

Finalidad:
La financiación de las actuaciones que se determinan en el Programa de rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas.

Las subvenciones de esta convocatoria son sólo para aquellas obras de rehabilitación para las cuales se haya solicitado el Test del Edificio (TEDI) o el Informe Interno de Idoneidad (III) en anualidades anteriores al 2008, y también para las que tienen exceptuado el requisito del TEDI o III, en caso de que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 20.2 y la disposición transitoria cuarta del Decreto 455/2004, de 14 de diciembre.

Beneficiario/s:
Los promotores de las obras de rehabilitación, propietarios, usufructuarios, arrendatarios o usuarios de los edificios de uso residencial y viviendas, que cumplan con los requisitos.

Requisitos:
Comunidades de propietarios y titulares de edificios de viviendas de uso residencial para la rehabilitación de elementos comunes del edificio.
Titulares de viviendas para la rehabilitación de los interiores.
Titulares de edificios de una sola vivienda, para la rehabilitación de elementos que forman parte del edificio o del interior de la vivienda.

Fechas de Solicitud:
Desde el 01/04/2008 hasta el 30/05/2008

Localización del Beneficiario:
Cataluña

Localización de Acciones Subvencionables:
Cataluña

Convoca:
Generalitat de Cataluña > Departamento de Medio Ambiente y Vivienda
Avda. Diagonal, 523-525
08029 Barcelona
Telf: 93.444.50.00
www.gencat.net/mediamb/cast/eindex.htm

Gestiona:
Dirección General de Vivienda
C/ Aragó, 244-248
08007 Barcelona
Telf: 93.444.50.00
www.gencat.net/mediamb

Más información en:
DOGC - Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (empezar a leer en la página 241)
MAH/884/2008, de 25 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas para el año 2008, y se aprueban las bases reguladoras.

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Alquiler de viviendas desocupadas - Subvenciones a los propietarios

Finalidad:
Conceder ayudas a propietarios de viviendas desocupadas para obras de reforma y puesta al día de las viviendas, con la condición de que las pongan en alquiler, con la finalidad de incrementar el parque de alquiler social, y que cumplan los requisitos establecidos.

Beneficiario/s:
Las personas propietarias de viviendas que tengan la condición de personas físicas o jurídicas, reúnan las condiciones descritas en la base 3 de estas bases y que pongan las viviendas en alquiler por alguna de las siguientes vías:

a) Contratándolas a través de las Bolsas de Vivienda Social integradas en la Red de Mediación para el Alquiler Social, a través de las Bolsas de Vivienda Joven convenidas con la Secretaría de Juventud, a través de la Red de Viviendas de Inclusión, o a través de otras entidades colaboradoras que firmen convenio con el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.

b) Cediéndolas a ADIGSA para que ésta las destine a alquiler.

c) Cediéndolas a las entidades gestoras de las Bolsas de Vivienda Social integradas en la Red de Mediación para el Alquiler Social para que éstas las destinen a alquiler.

Acciones Subvencionables:
Los gastos subvencionables comprenden las obras de rehabilitación y puesta al día de la vivienda, de acuerdo con las tipologías descritas en el anexo 2 de estas bases.
También se pueden incluir los gastos del seguro de riesgo de impago y desperfectos, en caso de haberse contratado por el propietario.

Fechas de Solicitud:
Desde el 01/04/2008 hasta el 30/05/2008

Localización del Beneficiario:
Cataluña

Localización de Acciones Subvencionables:
Cataluña

Convoca:
Generalitat de Cataluña > Departamento de Medio Ambiente y Vivienda
Avda. Diagonal, 523-525
08029 Barcelona
Telf: 93.444.50.00
www.gencat.net/mediamb/cast/eindex.htm

Gestiona:
Dirección General de Calidad de la Edificación y Rehabilitación de la Vivienda
C/ Aragó, 244-248
08007 Barcelona
Telf: 93.214.70.00

Mas información en:
DOGC - Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (empezar a leer en la página 217)
MAH/868/2008, de 18 de marzo, por la que se convocan subvenciones para propietarios de viviendas desocupadas que las pongan en alquiler correspondientes al año 2008, y se aprueban las bases reguladoras.

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Patentes fuera de España - Subvenciones

Finalidad:
Mediante esta Resolución se realiza la convocatoria para la concesión por la Oficina Española de Patentes y Marcas de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes en el Exterior para el año 2008, en el marco de la Orden ITC/643/2008, de 7 de marzo (BOE de 11 de marzo), que establece las bases reguladoras de estas subvenciones.

Los gastos objeto de subvención son aquellos realizados desde el 17 de abril de 2007, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria. En el caso de gastos de traducción, las traducciones de las memorias han de haber sido presentadas ante las oficinas nacionales extranjeras o regionales entre estas mismas fechas.

Beneficiario/s:
El beneficiario es la persona física o jurídica, radicada en España, que haya realizado la actividad objeto de la subvención.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan:
a) Empresas.
b) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
c) Centros Tecnológicos.
d) Los Organismos Públicos de Investigación.
e) Las Universidades, sus departamentos e institutos universitarios.
f) Otras Entidades de Derecho Público.
g) Agrupaciones o asociaciones.
h) Personas físicas.

Las agrupaciones de personas físicas y/o jurídicas sin personalidad jurídica que hayan realizado la actividad objeto de la subvención podrán ser beneficiarias de estas ayudas, siempre que en la solicitud consten los compromisos asumidos por cada uno de los miembros. Para ello, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

Acciones Subvencionables:
Las subvenciones que se convocan se dirigen a financiar una parte de los costes de las solicitudes de patente en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio de la Patente Europea (en adelante CPE) o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes (en adelante, PCT).

Las solicitudes a que hace referencia el apartado anterior deberán reunir alguna de las características siguientes:

a) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), de acuerdo con el artículo 4 del Convenio de París para la protección de la propiedad industrial, de 20 de marzo de 1883.
b) Que se trate de una solicitud internacional PCT presentada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, en calidad de Oficina Receptora según el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, o bien de otras solicitudes nacionales en terceros países o regionales que se valgan del carácter prioritario de la solicitud internacional presentada ante la OEPM.
c) Que se trate de una solicitud de patente europea presentada en la Oficina Española de Patentes y Marcas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre de 1986, de aplicación del Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas, hecho en Munich el 5 de octubre de 1973, o bien de otras solicitudes nacionales en terceros países o regionales que se valgan del carácter prioritario de la solicitud de patente europea presentada ante la OEPM.

Las ayudas consistirán en subvenciones destinadas a financiar los gastos derivados de:

a) Tasas abonadas por la tramitación de solicitudes ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos nacionales o regionales, hasta la concesión, en su caso, incluida ésta, así como las tasas ligadas a la presentación o publicación de las traducciones necesarias para validar las patentes concedidas.
La subvención por este concepto no podrá superar el 70% de estos gastos o, el 80%, en el caso de que el solicitante sea considerado PYME, de acuerdo con los criterios de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo.
b) Gastos de traducción de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad o de las patentes o modelos de utilidad, siempre que su objeto sea presentar las mismas dentro de un procedimiento de concesión por
un importe fijo de 400 euros por traducción de cada solicitud de patente traducida y presentada. Sólo se subvencionará la traducción de una solicitud de patente por cada idioma.
c) Tasas abonadas en el marco del procedimiento internacional PCT cuando se utilice la OEPM como Oficina Receptora, Administración de Búsqueda Internacional o Administración de Examen Preliminar Internacional.
Se subvencionará hasta un máximo del 70% de su importe y hasta un 80% en el caso de que el solicitante sea considerado PYME.

Cuantía:
El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas en esta convocatoria será de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes, salvo en el caso de las empresas que sean consideradas PYMES, en que el máximo individualizado será de 65.000 euros.

Cada solicitud de subvención podrá incluir gastos correspondientes a una o varias de las solicitudes de patente mencionadas en los apartados anteriores.

En ningún caso, las subvenciones podrán superar el importe máximo total de las ayudas de mínimis, establecido en 200.000 euros (100.000 si se trata de empresas de transporte por carretera) durante un
período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni, individualmente, ni como resultado de la participación en alguna de las agrupaciones sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 4 de esta
convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre (DUE L 379, de 28-12-2006).

Fechas de Solicitud:
Hasta el 24/04/2008

Localización del Beneficiario:
El extranjero

Localización de Acciones Subvencionables:
El extranjero

Convoca:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Paseo de la Castellana, 160
28071 Madrid
Telf: 902.446.006
www.min.es

Gestiona:
Dirección General de la Oficina Española de Patentes y Marcas
www.oepm.es

Más información en:
BOE
ORDEN ITC/643/2008, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes en el exterior por la Oficina Española de Patentes y Marcas.

BOE
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2008, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca, para el año 2008, la concesión de subvenciones para el «Fomento de las solicitudes de patentes en el exterior».


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martes, 1 de abril de 2008

Un día seré famosa

Un buen amigo me pasó un link a una página en la que podía ver a qué famosos me parecía. El resultado: me parezco a Geena Davis!? - me pareció muy gracioso así que he pensado compartirlo con vosotros.



También podeis hacer vosotros mismos la prueba aquí y divertiros con las semejanzas.

Un saludo,
Rosa.

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viernes, 28 de marzo de 2008

Ayudas para productos agroalimentarios protegidos con calidad diferenciada

Finalidad:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2008, destinadas a potenciar la creación, funcionamiento y desarrollo de las estructuras de los productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada, que tengan un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.

Beneficiario/s:
a) Los Consejos Reguladores y los órganos de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas, Denominaciones Específicas, Indicaciones Geográficas, Vinos de calidad producidos en regiones determinadas, y vinos de la tierra cuyo ámbito sea superior al de una Comunidad Autónoma.

b) Las Asociaciones de promoción y defensa, sin ánimo de lucro, cuyo ámbito territorial sea superior al de una Comunidad Autónoma, que promuevan la solicitud de inscripción en el registro comunitario de una figura de calidad, de acuerdo con el Reglamento (CEE) n.º 2081/92, el Reglamento n.º (CEE) 2082/92 o que promuevan el reconocimiento de un vino de la tierra, de un vino de calidad producido en una región determinada o de una denominación geográfica de bebidas espirituosas, cuyo ámbito territorial sea superior al de una Comunidad autónoma.

Acciones Subvencionables:
a) Constitución de las entidades beneficiarias.
Concepción, registro y defensa de signos distintivos que se emplearán para su identificación.
b) Elaboración de los estudios justificativos y demás documentación que deba acompañar las solicitudes de: denominaciones de origen, denominaciones de origen calificadas, vinos de pago, vinos de calidad con indicación geográfica, denominaciones específicas, indicaciones geográficas, denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas y especialidades tradicionales garantizadas.
c) Gastos de consolidación.
Confección y mantenimiento de los registros.
d) Elaboración de estudios técnicos y de mercado.
e) Elaboración de planes estratégicos.
f) Dotación de sedes y equipamiento.
g) Contratación de personal técnico.
h) Formación y reciclado de los trabajadores.
i) Puesta en marcha o desarrollo de métodos o sistemas de calidad exigidos por los respectivos reglamentos o pliegos de condiciones.

Las ayudas se concederán exclusivamente, a actividades o gastos realizados con posterioridad a la presentación de la solicitud.

Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones concedidas por esta Orden no superará el 70 por ciento del coste total de cada una de las acciones previstas, en la solicitud.

Fechas de Solicitud:
Desde el 13/03/2008 hasta el 18/04/2008

Requisitos:
Podrán acceder a estas ayudas las entidades que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones y realicen las actividades señaladas en el artículo 3 de dichas bases. Las solicitudes se valorarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de las citadas bases reguladoras.

Localización del Beneficiario:
España

Localización de Acciones Subvencionables:
España

Convoca:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Paseo Infanta Isabel, 1
28014 Madrid
Telf. 91.347.50.00
www.mapa.es

Gestiona:
Dirección General de Industria Agroalimentaria y Alimentación
Paseo Infanta Isabel, 1
28014 Madrid
Telf. 91.347.50.00
www.mapa.es/es/alimentacion/alimentacion.htm

Más información en:
BOE
ORDEN APA/2986/2005, de 21 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para potenciar la creación, funcionamiento y desarrollo de las estructuras de los productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada.

BOE
ORDEN APA/658/2008, de 29 de febrero, por la que se publica, para el ejercicio 2008, la convocatoria de ayudas destinadas a potenciar la creación, funcionamiento y desarrollo de las estructuras de los productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada.


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Subvenciones para la celebración y/o asistencia a congresos y ferias

Finalidad:
Se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación al desarrollo que se vayan a realizar durante el año 2008.

La financiación de subvenciones se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.143A.484, del vigente presupuesto de gastos del Departamento, siendo la cantidad destinada a este fin de 173.400 euros. La financiación máxima que se podrá conceder para cada una de las solicitudes seleccionadas es de 17.000 euros.

Si la cuantía propuesta por la Comisión de Estudio y Asesoramiento fuera inferior a la solicitada, se podrá instar, si se considera que afecta a los aspectos esenciales del proyecto, al beneficiario a la reformulación de su petición con el fin de ajustar los compromisos y las condiciones a la subvención otorgable.

Beneficiario/s:
De acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto de la citada Orden de 27 de julio de 2005, con carácter general podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones los ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras que cumplan los siguientes requisitos:

Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad.
Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas.

En ambos casos:
- Carecer su actividad de fines de lucro.
- Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
- Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de Seguridad social españolas.

No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente norma las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B. O. E. de 18 de noviembre de 2003).

Cuantía:
En ningún caso podrá superar la cantidad de 300.000 € por actividad.

Fechas de Solicitud:
Hasta el 28/03/2008

Localización del Beneficiario:
Nacional e Internacional

Localización de Acciones Subvencionables:
Nacional e Internacional

Convoca:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Plaza del Marqués de Salamanca, 8
28006 Madrid
Telf.91.379.83.00
www.mae.es

Gestiona:
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional
C/ Salvador, 3
28012 Madrid
Telf.91.379.96.00
www.mae.es

Más información en:
BOE
ORDEN AEC/2560/2005, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la celebración de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación al desarrollo.

BOE
RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se convocan subvenciones para la celebración de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación al desarrollo.

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Limpieza fincas forestales privadas - Subvenciones

Finalidad:
Promover la gestión forestal sostenible en fincas forestales de titularidad privada.

Beneficiario/s:
Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases:

Capítulo 1
Sección 1.1: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales.
Sección 1.2: asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia e inscritas en el registro correspondiente. Para las actuaciones 1.2.4 y 1.2.5 también los propietarios que se agrupen para la realización de una/s actuaciones conjuntas, de acuerdo con el número de propietarios o superficie forestal agrupada en función y cumplimiento de los objetivos fijados.
Sección 1.3: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales y asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

Capítulo 2
Sección 2.1, 2.3 y 2.4: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales y asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Sección 2.2: las mismas que las anteriores siempre que dispongan de terrenos agrícolas.

Capítulo 3
Sección 3.1: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales y asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Sección 3.2: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales y asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, siempre que la finca pertenezca a un municipio declarado de alto riesgo de incendio forestal y esté incluida entre los límites de un PPP y/o zonas estratégicas definidas por el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.
Sección 3.3: Agrupaciones de Defensa Forestal (ADF), así como personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales.

Capítulo 4
Concepto 4.1.1: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales y asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Concepto 4.1.2: las personas físicas dadas de alta como autónomos y las personas jurídicas, que realicen la actividad forestal por la cual se otorga la ayuda (actividad principal forestal).
Concepto 4.1.3: los entes locales (ayuntamientos, consorcios municipales, entidades municipales descentralizadas y consejos comarcales)
Para la sección 4.2: personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de fincas con terrenos agrícolas y/o forestales.

Capítulo 5
Personas físicas dadas de alta como autónomos o jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables, que realicen la actividad forestal para la cual se otorga la ayuda (actividad principal forestal).

Acciones Subvencionables:
Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases, con las condiciones previstas en el anexo II, las actuaciones siguientes:

Capítulo 1 Planificación y fomento de la gestión forestal conjunta.
seción 1.1 Redacción y revisión de instrumentos de ordenación forestal (IOF).
seción 1.2 Gestión forestal conjunta.
seción 1.3 Difusión de técnicas silvícolas y asesoramiento forestal.

Capítulo 2 Gestión forestal sostenible (GFS).
seción 2.1 Mejora de infraestructuras.
seción 2.2 Forestaciones agrarias.
seción 2.3 Actuaciones silvícolas.
seción 2.4 Reforestaciones.

Capítulo 3 Recuperación del potencial forestal y prevención de incendios forestales.
seción 3.1 Recuperación del potencial forestal.
seción 3.2 Gestión forestal en la prevención de incendios.
seción 3.3 Infraestructuras en la prevención de incendios.

Capítulo 4 Diversificación de la economía rural.
seción 4.1 Valoración de la biomasa forestal.
seción 4.2 Producción de trufa.

Capítulo 5 Transformación y comercialización de los productos forestales.

Cuantía:
En las respectivas convocatorias se actualizarán los importes máximos subvencionables indicados por cada concepto en el anexo 2 de acuerdo con el aumento del Índice de Precios al Consumo (IPC) acumulado con respecto a la convocatoria anterior. Sobre los importes resultantes se aplicará un redondeo al múltiplo más próximo de 5 con el fin de facilitar la aplicación.

Como periodo de actualización se tomará el transcurrido entre el mes de publicación de la convocatoria anterior y el mes previo a la publicación de la convocatoria con los precios actualizados.

Fechas de Solicitud:
Desde el 20/03/2008 hasta el 25/04/2008

Requisitos:
Para poder optar a las ayudas hay que reunir los requisitos siguientes:

a) Para las personas jurídicas: estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
b) Para empresas con establecimientos abiertos al público: cumplir las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
c) Para empresas con 50 trabajadores/as o más: dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el total de trabajadores/as de la empresa de acuerdo con previsto en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos, o bien cumplir lo establecido en el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad, de acuerdo con lo que establece el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas.
d) Para fundaciones: haber presentado las cuentas anuales en el registro correspondiente.
e) Para solicitantes de la sección 1.1 y para los capítulos 2, 3 y 4, excepto el concepto 4.1.3: La información catastral deberá ir a nombre del solicitante o si es el caso del usufructuario del terreno.
f) Para todos los solicitantes:
f.1) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f.2) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la aportación de la documentación que establece la base 5 de esta Orden o bien, cuando así se indique por medio de declaración responsable en el mismo impreso de solicitud.

Localización del Beneficiario:
Cataluña

Localización de Acciones Subvencionables:
Cataluña

Convoca:
Generalitat de Cataluña > Departamento de Medio Ambiente y Vivienda
Avda. Diagonal, 523-525
08029 Barcelona
Telf. 93.444.50.00
www.gencat.net/mediamb/cast/eindex.htm

Gestiona:
Dirección General del Medio Natural
Dr. Roux, 80
08017 Barcelona
Telf. 93.567.42.00
www.gencat.net/mediamb/cast/eindex.htm

Más información en:
DOGC (leer a partir de la página 45)
ORDEN MAH/105/2008, de 6 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la gestión forestal sostenible.

DOGC (leer a partir de la página 163)
RESOLUCIÓN MAH/779/2008, de 14 de marzo, por la que se convocan las ayudas a la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para el año 2008.

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martes, 25 de marzo de 2008

Mi nueva filosofía

Hoy, regresando del trabajo a casa he visto un anuncio de la aseguradora MAPFRE que ha llamado mi atención. Era una valla publicitaria con fondo rojo, letras blancas y su clásico puente, que decía

Ser grande es una actitud

Con este eslogan la compañía pretende recordar elegantemente que es la mayor aseguradora del país. Además busca transmitir que la grandeza no está sólo en el tamaño, sino en sus principios, valores, compromiso y manera de hacer las cosas.

Queridos lectores, este mensaje me ha llegado muy dentro ya que lo encuentro enormemente motivador. Me gustará aplicarla a mi filosofía de vida y porqué no, también a los negocios. ¿Qué os parece? ;)

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viernes, 21 de marzo de 2008

Subvención a librerías

Beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones, exclusivamente, las personas físicas y jurídicas cuya actividad comercial sea la distribución y/o la gestión de librerías o venta directa de libros.

Objeto:
Se convoca para el año 2008 la concesión de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de empresas distribuidoras y librerías españolas y extranjeras con la finalidad de fomentar la comercialización y distribución de libros españoles en el extranjero y promover la difusión internacional del libro español.

Fechas de Solicitud:
Desde el 14/03/2008 hasta el 14/04/2008

Requisitos:
1. Acreditar que durante los dos últimos años, como mínimo, no ha comercializado sólo fondos editoriales propios, sino mayoritariamente, de distintas editoriales o grupos editoriales.
2. Desarrollar una actividad librera o distribuidora ininterrumpida durante los dos últimos años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
3. Acreditar una experiencia en la exportación o importación de libros españoles durante los dos últimos años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.

Localización del Beneficiario:
España

Localización de Acciones Subvencionables:
España

Convoca:
Ministerio de Cultura
Plaza del Rey n.1
28071 Madrid
Telf. 91.701.70.00
www.mcu.es

Gestiona:
Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas
Plaza del Rey n.1
28071 Madrid
Telf. 91.701.70.00
www.mcu.es

Más información en:
BOE (leer a partir del punto 4877)
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2008, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la difusión, comercialización y distribución de libros españoles en el extranjero, correspondientes al año 2008.

BOE (leer a partir del punto 410)
ORDEN CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

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Publicaciones

Mi intención en este blog es dar información práctica de calidad de forma gratuita. Hasta ahora he estado escribiendo en el blog 2 veces por semana, los martes y los viernes. Redacto los textos en mis ratos libres, por lo que he decidido ofrecer información práctica los martes y datos sobre subvenciones concretas los viernes.

Si tenéis consultas sobre algún tema en especial, por favor enviadme un email a la siguiente dirección e intentaré daros respuestas claras y concisas.

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viernes, 14 de marzo de 2008

El equipo de trabajo

Sobre los Fundadores:
1. ¿Cuál es la trayectoria de los fundadores?
2. ¿Han trabajado en industrias relacionadas?
3. ¿Tienen experiencia emprendedora?
4. ¿Cuál es su motivación para iniciar este negocio?

Sobre el Equipo:
5. ¿Cómo se logrará el compromiso de las personas claves del negocio para que se vinculen como empleados?
6. ¿Los miembros potenciales del equipo tienen trayectorias que inspiran confianza?
7. ¿Poseen la experiencia y las habilidades necesarias para las funciones que se requieren?
8. ¿Se han convocado suficientes personas en este momento?

Sobre la estructura legal y la propiedad:
9. ¿Cómo se ha estructurado la propiedad del negocio y por qué? (Unipersonal, sociedad limitada, sociedad anónima).
10. ¿Cómo está distribuido el capital de la compañía? (Tipos de acciones y valor inicial)
11. ¿Cuál es el porcentaje de propiedad que comprará el capital nuevo?
12. Si se requiere inversión adicional, ¿hasta qué porcentaje de propiedad están dispuestos a ceder los fundadores?
13. ¿Existen acuerdos especiales de opciones sobre las acciones por parte de los fundadores?

Miembros del Consejo de Dirección y Asesores:
14. ¿Cómo está compuesto el Consejo de Dirección hasta el momento?
15. ¿Cómo se escogieron los miembros?
16. ¿Cuál es su experiencia y qué aportan?
17. ¿Cuál es su forma de compensación y su participación?
18. ¿Qué asesores estratégicos se han considerado?

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La oportunidad de negocio

Sobre el Mercado:
1. ¿Quiénes son los consumidores de tu producto o servicio? Descríbelos
2. ¿Cómo los identificas?
3. ¿Cuántos son?
4. ¿Es fácil llegar a ellos?
5. ¿Están dispuestos a comprar?
6. ¿Con qué frecuencia van a comprar?
7. ¿Cómo sabes que tu oferta es valiosa para los consumidores?
8. ¿Cuáles son los beneficios que influyen en el consumidor para que adquiera tu producto o servicio?
9. ¿Existen varios grupos de consumidores? Describe los tipos (segmentación)
10. ¿Son todos los grupos posibles objetivos de tu negocio?
11. ¿Por qué es realista (o no) apuntar a cubrir todos los grupos de consumidores?
12. Si tu producto o servicio reemplaza a otro, ¿cuántas posibilidades tienes (en porcentaje) de que cambien a tu producto?
13. ¿Es necesario educar a los consumidores para que comprendan las posibles ventajas y aprendan el uso de tu producto o servicio?
14. ¿Hasta que punto la oportunidad depende de cambios en las creencias y actitudes del consumidor?
15. ¿Qué cambios debe haber en los gustos y preferencias del consumidor?
16. ¿Cuánta información y de qué clase has podido recolectar sobre el mercado?
17. ¿Son fiables las fuentes de información que has utilizado?
18. ¿Proporcionan un análisis suficiente del estado actual y futuro potencial del mercado objetivo?
19. ¿Existe alguna investigación con respecto a tu producto o servicio?
20. Si es así, ¿se basa en una muestra representativa de los consumidores potenciales?
21. Si no es así, ¿cómo puedes respaldar que existe una oportunidad?
22. ¿En qué fase del ciclo de vida del producto se encuentra el mercado objetivo? (Introducción, crecimiento, madurez, declive)

Sobre la Competencia:
23. ¿Eres el primero en entrar en el mercado con este producto o servicio?
24. ¿Es esto una ventaja?
25. ¿Cuáles son tus competidores directos e indirectos?
26. ¿Cuál es su participación en el mercado?
27. ¿Qué hace que tus competidores sean agresivos o moderados?
28. ¿Cuál es su ventaja competitiva?
29. ¿Cómo han sido de exitosas las estrategias de los competidores?
30. ¿Cómo es de grande la barrera de entrada que representan tus competidores?
31. ¿Cuál es la percepción de los consumidores con respecto a los productos y servicios ofrecidos por tus competidores?
32. ¿Qué ideas innovadoras han implementado tus competidores y con qué resultados?
33. ¿Hay cabida en el mercado para otra oferta?
34. ¿Cuál será la reacción de tus competidores?
35. ¿Está creciendo el mercado tan rápidamente que los competidores apenas notarán al nuevo participante?
36. ¿Cuáles son los canales de distribución? (Productor – mayorista – minorista – consumidor)

Sobre la Propiedad Intelectual:
37. ¿La propiedad intelectual se ha desarrollado internamente o se ha licenciado de terceros?
38. Si es licenciada, ¿posee la exclusividad?
39. ¿Cuál es el costo de la licencia y su duración?
40. ¿Se caracteriza esta industria por la protección de los secretos mediante patentes?
41. ¿Está protegida la propiedad intelectual de tu producto o servicio en otros países?

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Cuestiones que debe responder un buen Plan de Empresa

El Plan de Empresa va a ser el documento que te va a servir como argumento para convencer.

Por una parte, para convencerte a ti mismo de que la idea es viable y provechosa; y obligarte a reflexionar mientras lo escribes sobre un montón de detalles que a priori es posible que no hayas tenido en cuenta.

Además te servirá para convencer a otros socios o inversores a participar en tu idea de negocio.

Y en tercer lugar y no menos importante, a iniciar relaciones comerciales con proveedores y negociar por ejemplo plazos de pago más tardío, cuando hayas vendido sus productos o después de sacar provecho de sus servicios.

El hecho de presentar un dossier por escrito te dará seriedad. Para convencer no se necesita ser comercial pero si tener mucha seguridad en lo que está defendiendo. Por eso te invito a:

- Que imprimas la siguiente lista de preguntas.
- Que las contestes por escrito en tu libreta de ideas y cosas para hacer.
- Que una vez hayas acabado, las releas para hacer un esquema mental limpio en tu cabeza.
- Un buen ejercicio es hacer una entrevista con alguien de confianza que no esté implicado en el proyecto para que te dé sus impresiones. Intenta convencerle como si fuera un inversor o proveedor o cliente en función de tus necesidades.
- Toma nota de los puntos blocantes de la entrevista para reflexionar sobre ellos y la forma de evitarlos o salvarlos.
- Responde de nuevo las preguntas aplicando las modificaciones aprendidas en el ejercicio.
- Finalmente, memoriza las palabras clave a comentar en cada respuesta para estar siempre preparado.

Este es el esquema temático del Plan de Empresa:

La oportunidad de negocio:
- Mercado
- Competencia
- Propiedad Intelectual

El equipo de trabajo:
- Fundadores
- Equipo
- Miembros del Consejo de Dirección

El producto o servicio:
- Descripción
- Estado de desarrollo

Plan de Mercadeo:
- Tu público objetivo
- Promoción

Proyección Financiera:
- Estado de PyG (pérdidas y ganancias)
- Flujo de efectivo (cash-flow)

Presentación del Plan de Negocio:
- Portada
- Resumen ejecutivo
- Contenido
- Apéndices
- ¿Refleja este Plan tu pasión como Emprendedor del Negocio?

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martes, 11 de marzo de 2008

IPC, Inflación y Deflación

Un poco de teoría para hoy ya que voy a hablar sobre tres conceptos cotidianos bastante complejos. Voy a intentar explicarlo de la forma más entendible posible.

Definición IPC:

El Índice de Precios al Consumo es el porcentaje que mide la evolución de los precios de los bienes y servicios representativos de los gastos de consumo de los hogares de una región. Cuando aumenta se le llama inflación y cuando disminuye se le llama deflación.

El IPC sirve para:
- Indicar de inflación (sabiendo que el IPC no incluye los precios de los consumos intermedios de las empresas ni de los bienes exportados).
- Deflector de las cuentas nacionales y de otras estadísticas.
- Actualización de deudas o de montos judiciales.
- Estimar del coste de la vida, a pesar de que tener grandes diferencias con la realidad

Definición de Inflación:
La inflación es el aumento sostenido y generalizado del nivel de precios de bienes y servicios, medido frente a un poder adquisitivo estable. También es la caída en el valor de mercado o del poder adquisitivo de una moneda en una economía en particular. Se diferencia de la devaluación porque la devaluación se refiere a la caída en el valor de la moneda de un país en relación con otra moneda cotizada en los mercados internacionales (por ejemplo el dólar, el euro o el yen).

La gran característica de la inflación es su imprevisibilidad. Por ese motivo no todos los productos ni todos los factores suben de precio al mismo tiempo ni en la misma proporción.

Causas de la Inflación:
En general se dice que la inflación puede estar motivada por tres factores diferentes que a su vez influyen los unos con los otros. Estos son:
- Inflación de demanda: cuando la demanda general de bienes se incrementa, sin que el sector productivo haya tenido tiempo de adaptar la cantidad de bienes producidos a la demanda existente.
- Inflación de costes: cuando el coste de la mano de obra o las materias primas se encarece, y en un intento de mantener la tasa de beneficio los productores incrementan los precios.
- Inflación auto construida: está ligada al hecho de que se prevén aumentos futuros de precios y ajustan su conducta actual a esa previsión futura.

Cómo parar la Inflación:
Los Bancos Centrales pueden aumentar las tasas de interés, de manera que son más costosas y puede provocar un estancamiento de la economía y mayor desempleo.

Definición de Deflación:

Al contrario que la inflación, la deflación es la caída generalizada del nivel de precios de bienes y servicios en una economía.

Causas de la Deflación:
Viene dada por la disminución de la demanda. Esta situación es mucho más peligrosa y temida por los gobiernos que la inflación ya que puede desencadenar un círculo vicioso: los comerciantes tienen que vender sus productos para cubrir al menos sus costos fijos (entendiendo que el precio ya no alcanza para pagar los costes variables), por lo que bajan los precios. Con precios bajando de forma generalizada, la demanda se disminuye más, porque los consumidores entienden que no merece la pena comprar si mañana todo será todavía más barato. En la inflación, sin embargo, ocurre todo lo contrario, dado que los consumidores prefieren comprar antes los bienes de larga duración, para anticiparse a subidas de precios.

Dado este círculo vicioso, la deflación se convierte en causa y efecto de la falta de circulación del dinero en la economía, porque todos prefieren retenerlo. Al final, la economía se derrumba, dado que la industria no encuentra salida a sus productos y sólo consigue pérdidas.

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Estatuto del Trabajador Autónomo

A continuación te presento el texto publicado en el BOE (Boletin Oficial del Estado). Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajador autónomo.

Estatuto del Trabajador Autónomo (empezar a leer en el punto 13409)

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viernes, 7 de marzo de 2008

Soy autónomo y ¡me caso!

Lo primero, deseo felicitarte por la noticia y desearte lo mejor de la vida en pareja :)) Y debo puntualizar que formar una pareja de hecho a estos efectos significa lo mismo que un matrimonio.

En segundo lugar, debo prevenirte sobre las responsabilidades que conlleva en relación con el negocio de autónomo. Para que esta explicación sea más práctica, dentro de la pareja llamemos "A" al autónomo y "P" a la pareja del autónomo.

Conceptos:

- Bienes privados del autónomo (A): los que tuviese a su nombre antes de casarse, donaciones, herencias, ahorros y sueldo hasta antes de casarse.

- Bienes privados de la pareja del autónomo (P): los que tuviese a su nombre antes de casarse, donaciones, herencias, ahorros y sueldo hasta antes de casarse.

- Bienes comunes a la pareja (A+P): los sueldos a partir de la unión de A+P, las rentas obtenidas de bienes privados de A y P y los bienes adquiridos con dinero común.

En la mayor parte de España, cuando una pareja contrae matrimonio se rige por la Sociedad de Gananciales, salvo en determinadas comunidades autónomas en los que se rigen por Derechos Florales (derechos locales). Estas comunidades son: Aragón, Baleares, Cataluña, Extremadura, Galicia, Navarra y País Vasco - en las cuales recomiendo investigar las particularidades y excepciones de algunos lugares.

Entonces, como decía, teniendo en cuenta que la mayor parte de España se rige por Sociedad de Gananciales, el autónomo responderá a sus deudas con los bienes privados del autónomo (A) y los bienes comunes a la pareja (A+P), pero no los bienes privados de la pareja del autónomo (B).


¿Como evitar perder los bienes comunes a la pareja (A+P) si el negocio funciona mal?

La pareja del autónomo (P) debe oponerse expresamente mediante escritura pública, ante Notario, e inscribirla en el Registro Mercantil provincial.


También puede suceder, por el contrario, que la pareja del autónomo (P) desee responder con sus bienes privados por cuestiones de financiación. En ese caso, también debe autorizarlo expresamente mediante escritura pública, ante Notario, e inscribirla en el Registro Mercantil provincial.

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martes, 4 de marzo de 2008

Autónomo

Definición:
Persona física que realiza en nombre propio y como titular de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional. Incluye al cónyuge y parientes hasta segundo grado que trabajen con él, salvo prueba en contrario que demuestre su condición de asalariados.

Responsabilidad:
Ilimitada. Lo que significa que responderá a las deudas de la empresa con todos sus bienes, tanto empresariales como personales.

Requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener libre disposición de sus bienes.
- Ejercer una actividad profesional o empresarial de forma habitual.

Recomendado para ejercer las siguientes actividades:
- Pequeños comercios o tiendas: panaderías, peluquerías, colmados y tiendas de alimentación, joyerías, kioscos, librerías, bares...
- Profesionales o freelances (trabajadores que prestan servicios a empresas y particulares):
· los clásicos: electricistas, fontaneros, pintores, trabajos de reformas, farmacias, consultas médicas (dentistas, podólogos)...
· la nueva generación: informáticos, diseñadores web, SEO's, SEM's...
· bohemios: escritores, pintores artísticos, actores, productores...

Tributos:
-IRPF (Impuesto de la Renta de Personas Físicas) --> pago cada trimestre.
-IVA (Impuesto Valor Añadido) --> pago cada trimestre.
-Cuotas de la Seguridad Social --> pago a principio de cada mes natural. Consejo: intenta darte de alta a principios de mes ya que el primer mes se paga por completo independientemente si se ha dado de alta el día 1, 5, 17 o cualquier otro.

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viernes, 29 de febrero de 2008

Cómo hacer un Plan de Empresa

El plan de empresa es una síntesis de cómo el emprendedor intentará organizar una labor empresarial e implementar las actividades necesarias y suficientes para que tenga éxito. Se trata de una explicación escrita del propósito general del negocio de la compañía a ser puesta en marcha.

Los principales puntos que debe incluir son:

1. Definición del proyecto
2. Presentación del equipo humano
3. Plan de Marketing
4. Plan Operativo
5. Plan de Recursos Humanos
6. Plan Económico - Financiero
7. Plan Jurídico Formal

El plan de empresa debe ser un documento activo ya que se debería actualizar a medida que se avanza en el proyecto con los cambios y decisiones que van tomando. Pero muchas veces se queda caduco con la dedicación a los temas del día a día.

Para ayudarte, el Gobierno de España ha creado la web 060.es en la que explican con más amplitud cómo hacer un Plan de Empresa. Visítalo.

Pero si aún así no sabes por dónde empezar, la web plannegocios.com ofrece herramientas para crear tu plan desde cero o planes modelo ya creados que son personalizables.

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martes, 26 de febrero de 2008

Formas jurídicas

Actualmente en España existen 9 tipos diferentes de formas jurídicas:

· Autónomo o Empresario Individual
· Sociedad Civil
· Comunidad de Bienes
· Sociedad Limitada (SL)
· Sociedad Limitada Nueva Empresa (SL)
· Sociedad Limitada Laboral
· Sociedad Anónima (SA)
· Sociedad Anónima Laboral
· Cooperativa


Cada una de ellas tiene unas características particulares por eso es importante que tengas en cuenta los siguientes aspectos antes de elegir una forma jurídica.

Actividad a ejercer:
Ciertas actividades requieren una forma jurídica específica determinada por la normativa aplicable. Por ejemplo: las sociedades de crédito hipotecario deben elegir la forma de SA.

Socios:
El número de personas que intervengan en la actividad. Si es más de una persona deberá crearse una Sociedad.

Responsabilidad:
Este es uno de los aspectos más importantes. La responsabilidad puede estar limitada al capital aportado (por ejemplo: SA, SL...) o ser ilimitada, afectando tanto al patrimonio empresarial como al personal (Autónomos, Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes).

Necesidades económicas del proyecto:
En principio las Sociedades Civiles son más baratas en su constitución ya que no es necesaria su inscripción en el Registro Mercantil y por lo tanto no tienen que pasar por el Notario. Además, no se exige capital inicial mínimo. Sin embargo, la SL, la SA, las Sociedades Laborales y las Cooperativas de Trabajo exigen escritura notarial y un capital mínimo para empezar. Sin embargo ese desembolso inicial puede compensar si lo que se pretende es limitar la responsabilidad futura a ese capital y por lo tanto proteger nuestro patrimonio personal.

Aspectos fiscales:
La diferencia fundamental entre las diferentes formas jurídicas se encuentra en la tributación. Se contribuye con el IRPF en el caso de Autónomos, Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes; y a través del Impuesto de Sociedades en el resto de Sociedades. En el IRPF se aplica un tipo impositivo progresivo que va elevándose según van incrementándose los beneficios. En el Impuesto de Sociedades se aplica un tipo fijo que será del 30 o 35% según los beneficios obtenidos.

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viernes, 22 de febrero de 2008

Evaluación del proyecto

Si dispones de 15 minutos será bueno que los dedique s a realizar el cuestionario que propone una web de Barcelona en la que se brinda soporte a los emprendedores como tú.

Se trata de unas sencillas preguntas que te ayudarán a evaluar tu actitud como emprendedor y la viabilidad de tu idea.

Al finalizar el cuestionario se te presentará un análisis DAFO (iniciales de Debilidades, Amenazas, puntos Fuertes y Oportunidades) que es muy utilizado en el mundo comercial.

Lo más importante es que seas sincero al responder el cuestionario ya que no se trata de quedar bien, sino de hacerte reflexionar sobre el resultado obtenido para evitar y mejorarte en los puntos menos fuertes; y aprovechar al máximo las oportunidades. De esta manera serás más competitivo al aplicar tu idea de proyecto.

Test Idea de Barcelona Net Activa.

Suerte.

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martes, 19 de febrero de 2008

Tengo una idea

Me llamo Rosa y este es el primer post de mi nuevo blog. Como habréis deducido por el título, quiero dedicarlo a difundir de la forma más comprensible posible los pasos a seguir para crear una empresa según las distintas formas jurídicas ya sean autónomos, sl, sa, etc.

Espero que esta información sea de ayuda y muchos de vosotros os animéis a emprender un nuevo camino, que posiblemente al principio debáis compaginar con vuestro actual trabajo por cuenta ajena (como yo). Es por eso que la creación de la empresa no debe pareceros algo complicado, sino una serie de trámites que cualquiera puede hacer.

No dudéis en hacerme vuestros comentarios y consultas, que siempre serán bienvenidas e intentaré solventar.

Hasta pronto,
Rosa.

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